¿Eres nativo de un país de habla inglesa, francesa, alemana o portuguesa? ¿Quieres colaborar como auxiliar de conversación en alguno de los centros bilingües de Andalucía?
Plazo de solicitud hasta el 27 de agosto
¿Qué funciones realizarán los auxiliares de conversación?
Los auxiliares de conversación asignados a los centros docentes se formarán en el conocimiento de la lengua y cultura españolas así como en la organización y funcionamiento del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía y actuarán como ayudantes de prácticas de conversación de las lenguas extranjeras que se imparten en dichos centros con una dedicación de 12 horas semanales
Personas beneficiarias:
Podrán solicitar las subvenciones convocadas en la presente resolución las personas que reúnan los siguientes requisitos
a) Ser nativas de un país en el que sea oficial la lengua por la que se participa.
b) Tener la nacionalidad de un país cuya lengua oficial sea la solicitada.
c) Disponer de un pasaporte de un país de la Unión Europea, o de un permiso de residencia en España que esté vigente hasta el 31 de mayo del curso escolar correspondiente.
d) Tener más de 18 años cumplidos a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
e) Disponer de un título universitario expedido en un país cuya lengua oficial sea la solicitada, y en esa lengua.
f) Estar en posesión del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales o del documento equivalente en sus países de origen, en cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Los requisitos señalados en este apartado deberán mantenerse desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo del curso escolar correspondiente.
No se podrá obtener la condición de persona beneficiaria cuando concurra alguna de las circunstancias establecidas en en el artículo 10.3 de la Orden de 22 de septiembre de 2011
Solicitudes
-La solicitud se dirigirá a la persona titular de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, conforme al formulario de solicitud que se acompaña como Anexo I en el BOJA nº 152 del 7 agosto de 2020.
-Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro General de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de las posibilidades previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La convocatoria y los formularios estarán disponibles a través de la página web de la Consejería de Educación y Deporte (www.juntadeandalucia.es/educacion)