Convocatoria para 100 plazas de reservistas voluntarios en Defensa.

Plazo: Del 12/11/2018 al 23/11/208

Entre otras, algunas de las condiciones GENERALES para tomar parte en la convocatoria son:

a)Poseer la nacionalidad española.
b)Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad y no alcanzar en el 2019 una edad
máxima de cincuenta y ocho (58) años para las plazas de las categorías de oficial y de
suboficial, y de cincuenta y cinco (55) años para la categoría de tropa y marinería.
c)Carecer de antecedentes penales.
d)No tener abierto en calidad de procesado, imputado, investigado o encausado,
ningún procedimiento judicial por delito doloso.
e)No estar privado de los derechos civiles.
f)No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los
órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter
firme para el ejercicio de la función pública.
g)Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas
que se determinan en la base 7, y no haber sido calificado como «no apto con carácter
permanente» en la convocatoria del año anterior.
h)No haber resuelto su compromiso como reservista voluntario con anterioridad
i)No haberle sido denegada la ampliación de compromiso como reservista voluntario.
j)No ostentar la condición de militar profesional, Guardia Civil, Policía Nacional o
personal estatutario del Centro Nacional de Inteligencia.
k)No haber finalizado su relación de servicios profesionales con las Fuerzas
Armadas (por las causas señaladas)
m)En el caso de haber sido militar de complemento, no tener denegada la
renovación del compromiso o la suscripción del compromiso de larga duración que se
establecen en el artículo 77.2 y disposición transitoria quinta.3, respectivamente, de la
Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
n)En el caso de haber sido militar de tropa y marinería, no tener denegada la
renovación de compromiso o la suscripción del compromiso de larga duración que se
establecen en los artículos 8 y 9, respectivamente, de la Ley 8/2006, de 24 de abril.

CONDICIONES ESPECÍFICAS:
1)Para acceder a las plazas de la categoría de oficial:
a.Tener aprobados los estudios de primer ciclo de educación universitaria, o los
estudios completos de tres cursos de las Facultades o Escuelas Técnicas Superiores,
conforme a la normativa anterior a la nueva redacción dada a la Ley Orgánica 6/2001, de
Universidades, por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
b. Haber superado los estudios correspondientes al ciclo de grado o estar en
posesión del título de graduado o graduada, o título equivalente, con la denominación que
conste en el Registro de Universidades, Centros y Títulos regulado por el Real Decreto
1509/2008, de 12 de septiembre.
c.Estar en posesión de los mismos títulos que se exigen para el acceso a la
condición de militar de carrera de los Cuerpos de Ingenieros o de Intendencia del Ejército
de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y de los cuerpos comunes de las Fuerzas
Armadas.
2)Para acceder a las plazas de la categoría de suboficial:
a.Estar en posesión del Título de Bachiller, establecido por la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, o título equivalente.
b.Haber superado la prueba de acceso a la universidad prevista en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo.
c.Estar en posesión de los títulos de formación profesional de técnico especialista,
técnico superior o equivalente a efectos académicos.
d.Estar en posesión de alguna de las acreditaciones académicas declaradas
equivalentes a efectos de acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación
profesional.
3)Para acceder a las plazas de la categoría de tropa y marinería, en consonancia
con el requisito de titulación exigido para el acceso como militar profesional a la condición
de tropa y marinería: estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria o sus equivalentes.