Plazo de solicitud:
Desde el martes 5 de mayo de 2020 hasta el último día de vigencia de la medida.
Requisitos:
Tendrá derecho al subsidio extraordinario por falta de actividad si, con anterioridad al 14 de marzo estaba de alta en el Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:
- Ha dejado de prestar servicios, total o parcialmente, con carácter temporal, a fin de reducir el riesgo de contagio, por causas ajenas a su voluntad, en uno o varios domicilios con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19.
- Se ha extinguido su contrato de trabajo por causas ajenas a la voluntad de la persona trabajadora y esta extincion se debe a la crisis sanitaria del COVID-19
¿Cómo se solicita?
Presentando el formulario oficial (MODELO DE SOLICITUD)
Instrucciones para cumplimentar la solicitud (INSTRUCCIONES)
ONLINE:
La persona trabajadora podrá cumplimentar y presentar su solicitud online en el Registro Electrónico General de la AGE y en la SEDE www.sepe.es, siempre que disponga de DNIe (DNI electrónico), certificado digital o Cl@ve.
PRESENCIAL:
La persona trabajadora podrá descargar e imprimir la solicitud y presentarla en cualquier oficina de asistencia en materia de registros, incluidas las oficinas de correos, dirigiéndola a la siguiente dirección: Unidad Subsidio Empleadas Hogar-Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal- Calle Condesa de Venadito Nº9, 28027-Madrid.
Fuente: SEPE