Abierto el plazo de admisión del programa That’s English!

El Programa That’s English! es producto del convenio del Ministerio de Educación y la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía para la enseñanza del Inglés mediante un curso de autoaprendizaje con seguimiento presencial voluntario.

Las enseñanzas que se imparten son las correspondientes a los Niveles Básico (A2) e Intermedio (B1) del idioma Inglés de Escuelas Oficiales de Idiomas (EEOOII).

La gestión administrativa  del programa se lleva a cabo desde 17 Escuelas Oficiales de Idiomas de Andalucía, refiriéndonos a las mismas en adelante como Centros de Gestión.

Asimismo, la docencia presencial del programa tiene lugar en Institutos de Educación Secundaria (IES) y también en algunas Escuelas Oficiales de Idiomas (EEOOII), a estos centros los llamaremos Centros de Docencia.

Más info: ¿Qué es That´s English?

Plazo de solicitud: Del 12 al 25 de septiembre

Requisitos de acceso

Para solicitar la admisión en el programa será requisito imprescindible tener dieciocho años cumplidos a 31 de diciembre del año en el que se comiencen los estudios, con las excepciones establecidas en  el artículo 105.2 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.

Solicitud de admisión

Todas las personas interesadas, tanto las de nueva admisión como las matriculadas en el curso 2016/17, deben presentar solicitud de admisión. El alumnado del curso 2016/17 que no presente solicitud de admisión perderá la prioridad en el acceso al programa.

Las personas interesadas deberán presentar una única solicitud de admisión en el Centro de Gestión, de entre los que se relacionan en el apartado correspondiente a los Centros, en el ámbito geográfico en el que desean cursar el programa. En el caso de duplicidad de solicitud en un mismo centro o en más de un centro, se tomará en consideración la última presentada por la persona interesada.

La solicitud de admisión se realizará, preferentemente, de forma telemática a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación cuyo enlace estará disponible en este Portal de Educación Permanente durante el plazo correspondiente.

Las personas interesadas deberán adjuntar a la solicitud de admisión, debidamente cumplimentada, un documento acreditativo de la edad o consentimiento expreso de verificación de la identidad en el  impreso de admisión, a la que debe acompañar la documentación académica necesaria, de acuerdo con lo establecido en la Instrucción Tercera y, en su caso, documentación acreditativa para acogerse a alguno de los descuentos o exenciones establecidos en la Instrucción Undécima de las Instrucciones para el Funcionamiento del Programa en el curso 2017/18. Para personas integrantes de Familia Numerosa se podrá aportar fotocopia autenticada de reunir tal condición o, en su caso, consentimiento expreso de verificación de la circunstancia de Familia Numerosa en el  impreso de admisión.

En caso de optar por Prueba de Valoración Inicial (VIA), la matrícula en el curso correspondiente quedará supeditada a los resultados de dicha prueba.

Criterios de prioridad en la admisión para el curso 2017/18

En la admisión para el curso 2017/18 tendrán prioridad las personas que formalizaron matriculación en el curso 2016/17. Dicha prioridad deberá ser acreditada fehacientemente mediante alguno de los siguientes documentos:

  • Copia del resguardo de la matriculación formalizada en el curso 2016/17.
  • Certificación acreditativa de las calificaciones obtenidas durante el curso 2016/17.
  • En el caso de personas que se acogieron al derecho de suspensión de matrícula en el curso 2016/17, copia de la resolución de suspensión emitida por la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente.

La prioridad en la admisión del alumnado en el Programa That’s English!, cuando no existan plazas suficientes para atender todas las solicitudes, se realizará en función de la menor renta anual per cápita de la unidad familiar a la que pertenezca el alumno o alumna (Disposición adicional quinta de la Orden de 20 de abril de 2012 -BOJA nº 86 de de 4 de mayo- , por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía). En caso de empate, este se resolverá por sorteo, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero.

Fuente: That´s English