Becas MAS para la Inserción Laboral

La Fundación M.A.S., de conformidad con los términos establecidos en el Convenio de Colaboración suscrito con GRUPO HERMANOS MARTIN (GHM), el 3 de Febrero de 2016, convoca el Programa Fundación MAS – GHM, “BECAS MAS para la inserción laboral “Taller de Oficio: Formación en Perecederos” 2017.

El Programa tiene como finalidad facilitar a jóvenes desempleados, sin cualificación específica, un período de formación teórico-práctica o solo práctica, con remuneración económica, en los centros de trabajo del GHM, bajo la supervisión de tutores designados para cada una de las secciones objeto de la convocatoria.

BASE 1. CANDIDATOS
1.1. Los candidatos que deseen optar a las becas de formación básica en las secciones que se señalan en el punto 5.2 (A) del Programa, deberán cumplir, los siguientes requisitos:
• Ser ciudadano residente en Andalucía
• Nacionalidad española
• Edad: Entre 18 y 40 años
• Estar inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo
• Tener la EGB o ESO
• Presentar su Currículum Vitae
1.2. Los candidatos que deseen optar a las becas de formación especializada en las secciones que se señalan en el punto 5.2 (B) del Programa, deberán cumplir, además de los requisitos anteriores:
• Justificante de haberse formado, al menos durante tres meses, en la materia a la que opten (carnicería o pescadería)
BASE 2. CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA
El Programa consta de dos tipos de becas:
• Las de formación básica, con formación teórico-práctica
• Las de formación especializada, con un único tutor y con formación 100% práctica.
El Número de becas que se convocan son 40, distribuidas de la siguiente manera:
• 36 Becas de formación básica, distribuidas según se indica en la base 5.3.A de materias formativas.
• Entre el 2% al 5% de estas becas quedan reservadas para personas con discapacidad.

• 4 Becas de formación especializada, 2 para la sección de carnicería y 2 para la sección de pescadería

La Fundación MÁS mantendrá en vigor las solicitudes de los candidatos, con excepción de aquéllos en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias:
• No cumplir con alguno de los requisitos establecidos en la Convocatoria (Ver Base 1)

• Haber rechazado la citación para la realización de la entrevista de preselección o no haberse presentado a la misma, salvo que estas circunstancias se debieran a causas justificadas, libremente apreciadas por el Jurado.

• Haberse presentado anteriormente en la convocatoria 2016 y haber sido descartado por no cumplir los requisitos.

BASE 3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

3.1. Los Candidatos podrán presentar su solicitud hasta el día 17 de Abril de 2017.
3.2. Las solicitudes se presentarán, según modelo que figura en el ANEXO en la sede de la FUNDACIÓN MAS situado en Avda. Finlandia nº 1 Edif. Bermejales Center. Mod.33 41012 Sevilla. Horario: 9 – 14 horas de lunes a viernes.
3.3. Deberán adjuntar la siguiente documentación:

• Fotocopia del D.N.I.
• Certificado del periodo de inscripción en Servicio Andaluz de Empleo
• Fotocopia del Certificado escolar EGB o ESO.
• Currículum Vitae.

BASE 4. EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y CONCESIÓN DE BENEFICIOS.

4.1. Los procesos de selección serán llevados a cabo por un Jurado constituido a tal efecto. Estará integrado por igual número de representantes de la FUNDACIÓN y GHM, que serán nombrados por la Directora de la FUNDACIÓN a propuesta de las respectivas partes. En todo caso, la presidencia del Jurado recaerá en alguno de los representantes de la FUNDACIÓN.

4.2. Los procesos de selección de los becarios comprenderán las siguientes etapas:

a). Exclusión de candidatos: Serán excluidos los candidatos que no reúnan los requisitos establecidos en la base primera, y aquellos cuyas solicitudes no contengan todos los datos requeridos y no aporten la documentos solicitada en la base tercera.

b). Selección de los candidatos: El Jurado, en función del perfil de los candidatos, realizará una primera preselección de los mismos a los candidatos preseleccionados se les realizará una entrevista, la misma será ejecutada por personal especializado de GHM (en Recursos Humanos y en la sección correspondiente) que designe el Jurado.
La Fundación se reservará el derecho a la realización de entrevista en función del perfil del candidato según su currículum vitae.

Finalizadas las entrevistas elevarán su valoración al Jurado.

4.3. Finalizada la selección, el Jurado realizará a la FUNDACIÓN la propuesta de adjudicación de las becas a los candidatos que hayan obtenido un mayor nivel de adecuación y aptitud.

La FUNDACIÓN concederá las becas de acuerdo con la propuesta del Jurado y comunicará mediante publicación en su Web la adjudicación de las mismas.

4.4. A propuesta del Jurado, y sólo en el supuesto de que concurran especiales motivos justificados para ello, la FUNDACIÓN podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas que se convocan.

4.5. Durante el proceso de selección el Jurado podrá solicitar a los candidatos la documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los datos aportados en la solicitud.

BASE 5. CARACTERÍSTICAS DE LA FORMACIÓN Y DE LA BECA

5.1. Duración y prórroga.

El período formativo tendrá una duración de 3 meses distribuido en 35 horas a la semana. El período formativo podrá prorrogarse a petición del GHM y una vez autorizado por la FUNDACIÓN
5.2. Materias Formativas

A. Becas de formación básica en las siguientes secciones:

• Carnicería : 8
• Pescadería: 8
• Charcutería: 8
• Frutería: 6
• Panadería: 6

B. Becas de formación especializada en las siguientes secciones:

• Carnicería: 2
• Pescadería: 2

5.3. Programa de Formación

A. Becas de formación básica
Con carácter general el programa de formación comprenderá las distintas materias correspondientes a las distintas secciones y dicha formación estará distribuida de la siguiente manera:
• Programa lectivo comprenderá el 15%
• Programa práctico comprenderá el 85%

B. Becas de formación personalizada
Estas becas tendrá asignado un tutor personal y el 100% de su formación será práctica.

5.4. Ubicación geográfica de la formación

La formación teórica se impartirá en el Centro de Formación de Supermercados MÁS de Palomares del Río (Sevilla), con dirección en Avenida del Aljarafe,100 (junto al Supermercado MÁS).
La formación práctica se desarrollará en los supermercados del GHM en Sevilla capital y provincia en las distintas secciones, en función de la formación designada.

5.5. Características de la Becas
5.5.1. Inscripción
Los becarios seleccionados tendrán que formalizar una inscripción cuyo coste será el 5% ( 60 € ) de la beca total a percibir.
5.5.2. Beneficios del Programa.
La condición de becario del Programa llevará consigo el derecho a obtener los siguientes beneficios:
• Un período de formación teórico-práctico en alguna de las secciones de productos frescos.
• Recibir una asignación mensual de 400 euros, para cubrir necesidades básicas, de transporte, etc. El pago de la misma se realizará de la siguiente manera: el 50% (200 €) cada mes, y el resto de la beca, si se ha completado la formación, al finalizar el programa.
• Seguro de responsabilidad civil y de accidentes, que será suscrito por la FUNDACIÓN a favor de los becarios, por el período de la beca.
Aquellos alumnos que tengan una asistencia el 96% de los días y una evaluación, al final del programa de notable, se les devolverá el 100% de la inscripción. Los alumnos con asistencia del 96% de los días y una evaluación al final del programa, de aprobado pero inferior a notable, se les devolverá el 50% de la inscripción.
A obtener idénticos beneficios a los expuestos anteriormente, en el caso de que la beca sea prorrogada.

BASE 6. SITUACION JURÍDICA DE LOS BENEFICIARIOS
6.1. Los candidatos a quienes se adjudiquen las becas ostentarán la condición de becarios de la FUNDACIÓN. En su virtud, durante su período de formación, los becarios quedarán sujetos a las normas de la FUNDACIÓN, sin que ello comporte la existencia de relación laboral alguna entre dicha entidad y el becario.
6.2. Las becas serán concedidas por la FUNDACIÓN en exclusivo interés del propio beneficiario, teniendo la naturaleza de ayudas a su formación, y no de remuneración o salario. Por ello, la labor formativa desarrollada por GHM a favor del becario, no supondrá la existencia de un vínculo laboral entre ambos. Durante su período de formación, los becarios quedarán sujetos a las normas de la FUNDACIÓN, sin perjuicio del deber de atender las orientaciones que les formulen los tutores asignados por GHM en el ejercicio de su acción formativa. Los tutores evaluarán la actitud y aptitud de los becarios respecto de la formación teórica y práctica que se lleve a cabo en los centros de la empresa.

BASE 7. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Los adjudicatarios de las becas se comprometerán a cumplir las siguientes obligaciones:
a) Cumplimentar y remitir a la FUNDACIÓN, dentro del plazo que se les indique, la documentación que se exija al serles adjudicadas las becas. La adjudicación será provisional hasta tanto no envíen la documentación requerida.

b) Comunicar de inmediato a la FUNDACIÓN cualquier incidencia que afecte al normal desarrollo del periodo formativo. Particularmente, se incluyen aquéllas que supongan su ausencia del centro formativo, ya sea ésta temporal, por causa de enfermedad o accidente, (circunstancia que deberá ser inmediatamente comunicada a la FUNDACIÓN, y acreditada mediante remisión del correspondiente parte médico a la FUNDACIÓN), o permanente, por causar baja voluntaria en el Programa.

c) Mantener durante todo el período formativo la actitud y el interés necesarios para un buen aprovechamiento de la formación.

d) Atender las orientaciones que reciban de los tutores que les asigne GHM en el ejercicio de su acción formativa.

e) Asistir a las reuniones y entrevistas a las que sean convocados, ya sea por la FUNDACIÓN o por GHM.

f) No divulgar ninguna información de carácter confidencial o reservada a la que hayan accedido durante el periodo de formación, ya sea relativa a la FUNDACIÓN o a GHM, ni durante ni después de dicho periodo formativo.

BASE 8. ANULACIÓN DE LA BECA. BAJA EN EL PROGRAMA
8.1. GHM podrá solicitar a la FUNDACIÓN propuesta escrita motivada de anulación de la beca a aquellos becarios cuya actitud o aptitud resulte insuficiente para lograr los objetivos del Programa.
8.2. La FUNDACIÓN podrá anular la beca por cualquiera de las siguientes causas:
a. La constatación de alguna irregularidad grave en los datos expuestos por el becario en su solicitud.

b. El incumplimiento grave por parte del becario de alguna de sus obligaciones establecidas en la base séptima de esta convocatoria.

c. La aceptación de la propuesta de GHM a que se refiere el apartado anterior.
8.3. La baja en el Programa podrá producirse:
• Por anulación de la beca.
• Por renuncia voluntaria del beneficiario.

La baja de un becario en el Programa supondrá la pérdida de todos los derechos inherentes a su condición de tal, a partir de la fecha de la misma. No obstante, en el caso de que el becario renuncie a su beca antes de que finalice su periodo de formación comprometido, para que tenga derecho a percibir su asignación, deberá haber completado un periodo mínimo de formación de un mes, y al menos el 85% de la asistencia mensual en los meses siguientes. En otro caso, no tendrá derecho a percibir asignación alguna.

Fuente: Fundación MAS